PORTAL CABALLEROS TEMPLARIOS DEL GUAJIRO

NON NOBIS DOMINE, NON NOBIS SED NOMINE, TUO DA GLORIAM"

mm

Ver mi Libro de Visitas
lv



La Regla Primitiva de los Templarios



c




sello 3

"¡No me siento capaz de soportar ni un momento más
esta amarga prueba díganme de lo que van a acusarme,
señores comisarios, que estoy dispuesto a confesarme
autor de la muerte del mismo Jesucristo!"

Esta traducción de la original, o primitiva, Regla de los Templarios está basada en la edición de 1886 de Henri de Curzon, La Régle du Temple como Manual Militar, o Cómo Desempeñar un Cargo Caballeresco. Representa la Regla dada a los recién originados Caballeros del Temple por el Concilio de Troyes, 1129, aunque, "no debe olvidarse que la Orden había existido durante varios años y desarrollado sus propias tradiciones y costumbres antes de la aparición de Hugues de Payens en el Concilio de Troyes. Por tanto, hasta cierto punto, la Regla Primitiva está basada en prácticas ya existentes." (Upton-Ward, p. 11)

Esta traducción es copia de la de Judith Upton-Ward's The Rule of the Templars, Woodbridge: The Boydell Press, 1992, y ha sido reeditada con su permiso. La Regla de Los Templarios incluye una introducción de Upton-Ward; también la Regla de los Templarios Primitiva y sus estatutos jerárquicos, castigos sobre regulaciones de gobierno, vida conventual, capítulos ordinarios, recepción en la Orden y un apéndice por Matthew Bennett, "La Régle du Temple como un Manual Militar, o Cómo desempeñar un Cargo Caballeresco". El libro es extremadamente recomendable para aquellos interesados en los Templarios o en cualquier orden militar. Ahora es asequible en formato económico.

Las notas para la Regla Primitiva, facilitados por Mrs. Upton-Ward en la Regla de los Templarios, no se incluyen en este texto. Son de considerable interés y deberían ser consultados por aquellos que deseen estudiar la Regla con más detalle.

LA REGLA PRIMITIVA

Aquí comienza el prólogo a la Regla del Temple

1. Nos dirigimos, en primer lugar, a todos aquellos quienes con discernimiento rechazan su propia voluntad y desean de todo corazón, servir a su rey soberano como caballero; llevar con supremo afán, y permanentemente, la muy noble armadura de la obediencia. Y, por tanto, nosotros os invitamos, a seguir a los escogidos por Dios de entre la masa de perdición y a quienes ha dispuesto, en virtud de su sutil misericordia, defender la Santa Iglesia, y que vosotros anheláis abrazar por siempre.

2. Por sobre todas las cosas, quienquiera que ser un caballero de Cristo, escogiendo estas sagradas ordenes en su profesión de fe, debe unir sencilla diligencia y firme perseverancia, que es tan valiosa y sagrada, y se revela tan noble, que, si se mantiene impoluta para siempre, merecerá acompañar a los mártires que dieron sus almas por Cristo Jesús. En esta orden religiosa ha florecido y se revitaliza la orden caballeresca. La caballería, a pesar del amor por la justicia que constituye sus deberes, no cumplió con sus con ellos, defendiendo a los pobres, viudas, huérfanos e iglesias, sino que se aprestaron a destruir, despojar y matar. Dios que actúa conforme a nosotros y nuestro salvador Cristo Jesús; ha enviado a sus partidarios desde la ciudad Santa de Jerusalén a los acuartelamientos de Francia y Borgoña, para nuestra salvación y muestra de la verdadera fe, pues no cesan de ofrecer sus vidas por Dios, en piadoso sacrificio.

3. Ante ello nosotros, en completo gozo y hermandad, por requerimiento del Maestro Hugues de Payen, por quien la mencionada orden caballeresca ha sido fundada con la gracia del Espíritu Santo, nos reunimos en Troyes, de entre varias provincias más allá de las montañas, en la fiesta de San Hilario, en el año de la encarnación de Cristo Jesús de 1128, en el noveno año tras la fundación de la anteriormente mencionada orden caballeresca. De la conducta e inicios de la Orden de Caballería hemos escuchado en capítulo común de labios del anteriormente citado Maestro, Hermano Hugues de Payen; y de acuerdo con las limitaciones de nuestro entendimiento, lo que nos pareció correcto y beneficioso alabamos, y lo que nos pareció erróneo rechazamos.

4. Y todo lo que aconteció en aquel Consejo no puede ser contado ni recontado; y para que no sea tomado a la ligera por nosotros, sino considerado con sabia prudencia, lo dejamos a discreción de ambos nuestro honorable padre el Señor Honorio y del noble Patriarca de Jerusalén, Esteban, quien conoce los problemas del Este y de los Pobres Caballeros de Cristo; por consejo del concilio común lo aprobamos unánimemente. Aunque un gran número de padres religiosos reunidos en capítulo aprobó la veracidad de nuestras palabras, sin embargo, no debemos silenciar los verdaderos pronunciamientos y juicios que emitieron.

5. Por tanto yo, Jean Michel, a quien se ha encomendado y confiado tan divino oficio, por la gracia de Dios, he servido de humilde escriba del presente documento por orden del consejo y del venerable padre Bernardo, abad de Clairvaux.

Los nombres de los Padres que asistieron al Concilio.

6. Primero fue Mateo, obispo de Albano, por la gracia de Dios, legado de la santa Iglesia de Roma; R[enaud], arzobispo de Reims; H[enri], arzobispo de Sens; y sus clérigos: G[ocelin], obispo de Soissons; el obispo de París; el obispo de Troyes; el obispo de Orlèans; el obispo de Auxerre; el obispo de Meaux; el obispo de Chalons; el obispo de Laon; el obispo de Beauvais; el abad de Vèzelay, quien posteriormente fue arzobispo de Lyon y legado de la Iglesia de Roma; el abad de Cîteaux; el abad de Pontigny; el abad de Trois-Fontaines; el abad de St Denis de Reims; el abad de St-Etienne de Dijon; el abad de Molesmes; al anteriormente mencionado B[ernard], abad de Clairvaux: cuyas palabras el anteriormente citado alabó francamente. También estuvieron presentes el maestro Aubri de Reims; maestro Fulcher y varios otros que sería tedioso mencionar. Y de los otros que no se han mencionado, es importante asentar, en este asunto, de que son amantes de la verdad: ellos son, el conde Theobald; el conde de Nevers; Andrè de Baudemant. Estuvieron en el concilio y actuaron de tal proceder, con perfecto y cuidadoso estudio seleccionando lo correcto y desechando lo que no les parecía justo.

7. Y también presente estaba el Hermano Hugues de Payen, Maestre de Caballería, con algunos de los hermanos que le acompañaron. Estos eran Hermano Roland, Hermano Godefroy, y Hermano Geoffroi Bisot, Hermano Payen de Montdidier, Hermano Archambaut de Saint-Amand. El propio Maestre Hugues con sus seguidores antedichos, expusieron las costumbres y observancias de sus humildes comienzos y uno de ellos dijo: Ego principium qui et loquor vobis, que significa: "Yo quien habla a vosotros soy el principio" según mi personal recuerdo.

8. Agradó al concilio común que las deliberaciones se hicieran allí, y el estudio de las Sagradas Escrituras, que se examinaron profundamente, con la sabiduría de mi señor H[onorius], papa de la Santa Iglesia de Roma y del patriarca de Jerusalén y en conformidad con el capítulo. Juntos, y de acuerdo con los Pobres Caballeros de Cristo del Templo que está en Jerusalén, se debe poner por escrito y no olvidado, celosamente guardado de tal forma, que para una vida de observancia se puedan referir a su creador; comparación más dulce que la miel en paridad con Dios; cuya piedad parece óleo, y nos permite ir hacia Él a quien deseamos servir. Per infinita seculorum secula. Amen

Aquí comienza la Regla de los Pobres caballeros del Temple.

9. Vosotros los que renunciáis a vuestra voluntad, y vosotros otros los que servís a un rey soberano con caballos y armas, para salvación de vuestras almas y por tiempo establecido, acudiréis con deseo virtuoso a oír matines y el servicio completo, según la ley canónica y las costumbres de los maestros de la Ciudad Santa de Jerusalén. Oh vosotros venerables hermanos, que Dios sea con vosotros, si prometéis despreciar el mundo por perpetuo amor a Dios, desterrar las tentaciones de vuestro cuerpo; sostenido por el alimento de Dios, beber y ser instruido en los mandamientos de Nuestro Señor; al final del oficio divino, ninguno debe temer entrar en batalla si por ende lleva tonsura.

10. Pero si cualquier hermano es enviado por el trabajo de la casa y por la Cristiandad al Este – algo que creemos ocurrirá frecuentemente- y no puede oír el divino oficio, deberá decir en lugar de matines trece padrenuestros; siete por cada hora y nueve por vísperas. Y todos juntos le ordenamos que así lo haga. Pero aquellos que han sido enviados y no puedan volver para asistir al divino oficio, si les es posible a las horas establecidas, que no deberán ser omitidas, rendir a Dios su homenaje.

La Forma en que deben ser recibidos los Hermanos.

11. Si cualquier caballero seglar o cualquier otro hombre, desea dejar la masa de perdición y abandonar la vida secular escogiendo la vuestra en comunidad, no consintais en recibirlo inmediatamente, porque según ha dicho mi Señor San Pablo: Probate spiritus si ex Deo sunt. Que quiere decir: "Prueba el alma a ver si viene de Dios" Sin embargo, si la compañía de sus hermanos le debe ser concedida, dejad que le sea leída la Regla, y si desea explícitamente obedecer los mandamientos de la Regla, y complace tanto al Maestre como a los hermanos el recibirle, dejadle revelar su deseo ante todos los hermanos reunidos en capítulo y hacer su solicitud con corazón digno.

Sobre Caballeros excomulgados.

12.Donde sepáis que se concentran caballeros excomulgados, allí os obligamos a ir; y si alguien desea unirse a la orden de caballería proveniente de regiones lejanas, no deberéis considerar tanto el valor terrenal como el de la eterna salvación de su alma. Nosotros ordenamos que sea recibido condicionalmente, que se presente ante el obispo de la provincia y le comunique su intención. Y, cuando el obispo lo haya escuchado y absuelto, lo enviará al Maestre y hermanos del Temple, y si su vida es honesta y merecedora de su compañía, si parece justo al Maestre y hermanos, dejad que sea piadosamente recibido; y si muriera durante ese tiempo, por la angustia y tormento que ha sufrido, dejad que se le otorguen todos los favores de la hermandad, dados a cada uno de los Pobres Caballeros del Temple.

13. Bajo ninguna otra circunstancia, deberá los hermanos del Temple compartir la compañía de los indiscutiblemente excomulgados, ni que se queden con sus pertenencias; y esto debe ser prohibido encarecidamente porque sería terrible que fueran asimismo repudiados. Pero si solo le ha sido prohibido escuchar el Divino Oficio, es ciertamente posible permanecer en su compañía, así como quedarse con sus pertenencias, entregándolas a la caridad con el permiso de su comandante.

Sobre no aceptar niños.

14. Aunque la regla de los santos padres permite recibir a niños en la vida religiosa, nosotros lo desaconsejamos. Porque aquel que desee entregar a su hijo eternamente en la orden caballeresca deberá educarlo hasta que sea capaz de llevar las armas con vigor, y liberar la tierra de los enemigos de Cristo Jesús. Entonces que su madre y padre lo lleven a la casa y que su petición sea conocida por los hermanos; y es mucho mejor que no tome los votos cuando niño sino al ser mayor, pues es conveniente que no se arrepienta de ello, a que lo haga. Y seguidamente que sea puesto a prueba de acuerdo con la sabiduría del Maestre y hermanos conforme a la honestidad de su vida al solicitar ser admitido en la hermandad.

Sobre los que están de pie demasiado tiempo en la Capilla.

15. Se nos ha hecho saber, y lo hemos escuchado de testigos presenciales, que de forma inmoderada y sin restricción alguna, vosotros escucháis el divino oficio de pie. Nosotros no ordenamos que os comportéis de esta forma, al contrario lo desaprobamos. Disponemos, que tanto los fuertes como los débiles, para evitar desordenes, canten el salmo llamado Venite, con la invitatoria y el himno sentados, y digan sus oraciones en silencio, en voz baja no voceando, para no perturbar las oraciones de los otros hermanos.

16. Pero al final de los salmos, cuando se canta el Gloria patri, en reverencia a la Santísima Trinidad, os pondréis de pie y os inclinareis ante el altar, mientras los débiles o enfermos solo inclinarán la cabeza. Por tanto mandamos; que cuando la explicación de los Evangelios sea leída, y se cante el Te deum laudamus, y mientras se cantan los laudes, y los maitines terminan, vosotros estéis de pie. De esta misma forma dictaminamos que permanezcáis de pie durante maitines y en todas las horas de Nuestra Señora.

Sobre la vestimenta de los Hermanos.

17. Disponemos que todos los hábitos de los hermanos sean de un solo color, bien sea blanco, negro o marrón. Y sugerimos que tanto en invierno como en verano si es posible, lleven capas blancas; y a nadie que no pertenezca la mencionada caballería de Cristo le será permitido tener una capa blanca, para que quienes hayan abandonado la vida en oscuridad se reconozcan los unos a los otros como seres reconciliados con su creador por el signo de sus hábitos blancos: que significa pureza y completa castidad. La Castidad es certeza en el corazón y salud en el cuerpo. Por lo que si un hermano no toma votos de castidad no puede acceder al eterno descanso ni ver a Dios, por la promesa del apóstol que dijo: Pacem sectamini cum omnibus et castimoniam sine qua nemo Deum videbit. Que significa: "Lucha para llevar la paz a todos, manténte casto, sin lo cual nadie puede ver a Dios".

18. Pero estas vestiduras deberán mantenerse sin riquezas y sin ningún símbolo de orgullo. Y así, nosotros exigimos que ningún hermano lleve piel en sus vestidos, ni cualquier otra cosa que no pertenezca al uso del cuerpo, ni tan siquiera una manta que no sea de lana o cordero. Concertamos en que todos tengan lo mismo, de tal forma que puedan vestirse y desvestirse, y poner y quitarse las botas con facilidad. Y el sastre, o quien haga sus funciones, deberá mostrarse minucioso y cuidar que se mantenga la aprobación de Dios en todas las cosas mencionadas, para que los ojos de los envidiosos y mal intencionados no puedan observar que las vestiduras sean demasiado largas o cortas; deberá distribuirlas de tal manera que sean de la medida de quien las ha de llevar, según la corpulencia de cada uno.

19. Y si alguno por orgullo o arrogancia desea tener para él un mejor y más fino hábito, dadle el peor. Y aquellos que reciban vestiduras nuevas deberán inmediatamente devolver las viejas, para que sean entregadas a escuderos y sargentos, y a menudo a los pobres, según lo que considere conveniente el encargado de ese menester.

Sobre las Camisas.

20. Entre otros asuntos sobre los que regulamos, debido al intenso calor existente en el Este, desde Pascua hasta todos los Santos, gracias a la compasión y de ninguna forma como derecho, una camisa de lino será entregada al hermano que así lo solicite.

Sobre la Ropa de Cama.

21. Ordenamos por unánimemente que cada hombre tenga la ropa y sábanas de acuerdo con el juicio de su Maestre. Es nuestro propósito que un colchón, un almohadón y una manta son suficientes para cada uno; y aquél a quien le falte uno de éstos puede usar una alfombra, y una manta de lino siempre que sea de pelo fino. Y dormirán siempre vestidos con camisa y pantalón, y zapatos y cinturones, y donde reposen deberá haber siempre una luz encendida hasta la mañana. Y el Sastre se asegurará que los hermanos estén tan bien tonsurados que puedan ser examinados tanto de frente como de espaldas; y nosotros ordenamos que vosotros os adhiráis a esta misma conducta en lo tocante a barbas y bigotes, para que ningún exceso se muestre en sus cuerpos.

Sobre Zapatos puntiagudos y Cordones de lazo.

22. Prohibimos los zapatos puntiagudos y los cordones de lazo y condenamos que un hermano los use; ni los permitimos a quienes sirvan en la casa por tiempo determinado; más bien, prohibimos que los utilicen en cualquier circunstancia. Porque es manifiesto y bien sabido que estas cosas abominables pertenecen a los paganos. Tampoco deberán llevar ni el pelo ni el hábito demasiado largos. Porque aquellos que sirven al soberano creador deben surgir de la necesidad dentro y fuera mediante la promesa de Dios mismo quien dijo: Estote mundi quia ego mundus sum. Que quiere decir: "Nace como yo nazco"

Cómo deben comer.

23. En el palacio, o lo que debería llamarse refectorio, deberéis comer juntos. Pero si estáis necesitados de algo, pues no estáis acostumbrados a los utilizados por los religiosos, quedamente y en privado deberéis pedir lo que necesitéis en la mesa, con toda humildad y sumisión. Porque el Apóstol dijo: Manduca panem tuum cum silentio. Que significa: "Come tu pan en silencio". Y el salmista: Posui ori meo custodiam. Que quiere decir: "Yo reprimí mi lengua" Que significa que "Yo creo que mi lengua me traicionaría" lo que es, "Callé para no hablar mal".

Sobre la Lectura de la Lección.

24. Siempre, durante la comida y cena en el convento, que se lean las Sagradas Escrituras, si ello es posible. Si amamos a Dios, sus Santas palabras y sus Santos Mandamientos, desearemos escuchar atentamente; y el lector da texto os reclamará silencio antes de comenzar a leer.

Sobre Pucheros y Vasos.

25. Debido a la escasez de pucheros, los hermanos comerán por parejas, de tal forma que uno pueda observar más de cerca al otro, y para que ni la austeridad ni la abstinencia en secreto sean introducidas, en la comida de comunidad. Y nos parece justo que cada hermano tenga la misma ración de vino en su copa.

Sobre comer Carne.

26. Deberá ser suficiente, comer carne tres veces por semana, excepto por Navidad, Todos los Santos, la Asunción y la festividad de los doce apóstoles. Porque se entiende que la costumbre de comer carne corrompe el cuerpo. Pero si un ayuno en el que se debe suprimir la carne cae en Martes, al día siguiente será dada en cantidad a los hermanos. Y los Domingos todos los hermanos del Temple, los capellanes y clérigos recibirán dos ágapes de carne en honor a la santa resurrección de Cristo Jesús. Y el resto de la casa, que incluye los escuderos y sargentos, deberán contentarse con una comida y estar agradecidos al Señor por ella.

Sobre las comidas entre Semana.

27. Sobre los otros días de la semana, que son Lunes, Miércoles e incluso Sábados, los hermanos tengan dos o tres comidas de vegetales u otros platos comidos con pan; y nosotros creemos que es suficiente y ordenamos que así sea. De tal manera que aquel que no coma en una comida, lo haga en la otra.

Sobre la comida del viernes.

28. Los Viernes, que se ofrezca a toda la congregación, comida cuaresmal, surgida de la reverencia hacia la pasión de Cristo Jesús; y haréis abstinencia desde la festividad de Todos los Santos hasta la Pascua, excepto el día de Navidad, la Asunción y la festividad de los doce apóstoles. Pero los hermanos débiles o enfermos no deberán ser obligados a esto. Desde Pascua hasta la fiesta de Todos los Santos pueden comer dos veces, mientras no sea abstinencia general.

Sobre Dar las Gracias.

29. Siempre, después de cada comida o cena todos los hermanos deberán dar gracias a Dios en la iglesia y en silencio si ésta se encuentra del lugar dónde comen, y si no lo está en el mismo lugar en donde hayan comido. Con humildad deberán dar gracias a Cristo Jesús quien es el Señor que Provee. Dejad que los trozos de pan roto, sean dados a los pobres y los que estén en rodajas enteras, sean guardados. Aunque la recompensa de los pobres sea el reino de los cielos, se ofrecerá a los pobres sin dudarlo, y la fe Cristiana os reconocerá entre los suyos; por tanto concertamos, que una décima parte del pan sea entregado a vuestro Limosnero.

Sobre la Merienda.

30. Cuando cae el sol y comienza la noche escuchad la señal de la campana o la llamada a oración, según las costumbres del país, y acudid todos a capítulo. Pero disponemos que primero merendéis; si bien dejamos la toma de este refrigerio al arbitrio y discreción del Maestre. Cuando queráis agua u ordenéis, por caridad, vino aguado, que se os dé con comedimiento. Ciertamente, no deberá ser en exceso, sino con moderación. Porque Salomón dijo: Quia vinum facit apostatare sapientes. ÃÃ ÄÄ Que quiere decir que el vino corrompe a los sabios.

Sobre mantenerse en Silencio.

31. Cuando los hermanos salgan del capítulo no deben hablar abiertamente excepto en una emergencia. Dejad que cada uno vaya a su cama tranquilo y en silencio, y si necesita hablar a su escudero, se lo deberá decir en voz baja. Pero si por casualidad, a la salida del capítulo, la caballeresca o la casa tiene un serio problema, que debe ser solventado antes de la mañana, entendemos que el Maestre o el grupo de hermanos mayores que gobiernan la Orden por el Maestre, puedan hablar apropiadamente. Y por esta razón obligamos que sea hecho de esta manera.

32. Porque está escrito: In multiloquio non effugies peccatum. Que quiere decir que el hablar en demasía no está libre de pecado. Y en algún otro lugar: Mors et vita in manibus lingue. Que significa: 'La vida y la muerte están bajo el poder de la lengua.' Y durante esa conversación nosotros conjuntamente prohibimos palabras vanas y estruendosos ataques de risa. Y si algo se dice, durante esa conversación, que no debería haberse dicho, ordenamos que al acostaros recéis un paternoster con notable humildad y sincera devoción.

Sobre los Hermanos Convalecientes.

33. Los hermanos que por el trabajo de la casa padezcan enfermedad pueden levantarse a la matina con el consentimiento y permiso del Maestre o de aquellos que se encarguen de ese menester. Deberán decir en lugar de las matinas trece paternosters, así queda establecido, de tal forma y manera que sus palabras reflejen su corazón. Así lo dijo David: Psallite sapienter. Que significa: 'Canta con sabiduría.' E igualmente dijo David: In conspectu Angelorum psallam tibi. Que significa: 'Yo cantaré para ti ante los ángeles.' Y dejad que esto sea siempre así y a la discreción del Maestre o de aquellos encargados de tal menester.

Sobre la Vida en Comunidad.

34. Leemos en las Sagradas Escrituras: Dividebatur singulis prout cuique opus erat. Que significa que a cada uno le será dado según su necesidad. Por esta razón nosotros decimos que ninguno estará por encima de vosotros, sino que todos cuidareis de los enfermos; y aquél que esté menos enfermo dará gracias a Dios y no se preocupará; y permitiréis que aquel que esté peor se humille mediante su debilidad y no se enorgullezca por la piedad. De este modo todos los miembros vivirán en paz. Y prohibimos a todos que abracen la excesiva abstinencia; si no que firmemente mantengan la vida en comunidad.

Sobre el Maestre.

35. El Maestre puede a quien le plazca entregar el caballo y la armadura y lo que desee de otro hermano, Y el hermano cuya cosa pertenecía no se sentirá vejado ni enfadado: porque es cierto que si se enfada irá contra Dios.

Sobre dar Consejos.

36. Permitir solo a aquellos hermanos que el Maestre reconoce que darán sabios y buenos consejos sean llamados a reunión; y así lo ordenamos, y que de ninguna otra forma alguien pueda ser escogido. Porque cuando ocurra que se desee tratar de materias serias; como la entrega de tierra comunal, o hablar de los asuntos de la casa, o recibir a un hermano, entonces si el Maestre lo desea, es apropiado reunir la congregación entera para escuchar el consejo de todo el capítulo; y lo que considere el Maestre mejor y más beneficioso, dejar que así se haga.

Sobre los Hermanos enviados a Ultramar.

37. Los Hermanos que sean enviados a diversos países del mundo deberán cuidar los mandatos de la Regla según su habilidad y vivir sin desaprobación respecto a la carne y el vino, etc. para que reciban elogio de extraños y no mancillar por hecho o palabra los preceptos de la Orden, y para ser un ejemplo de buenas obras y sabiduría; por encima de todo, para que aquellos con quienes se asocien y en cuyas posadas reposen, sean recibidos con honor. Y a ser posible, la casa donde duerman y se hospeden que no quede sin luz por la noche, para que los tenebrosos enemigos no los conduzcan a la maldad, dado que Dios así lo prohíbe.

Sobre Mantener la Paz.

38. Cada hermano debe asegurarse de no incitar u otro a la ira o enojo, porque la soberana piedad de Dios ve al hermano fuerte igual que al débil, en nombre de la Caridad.

Cómo deben actuar los Hermanos.

39. A efecto de llevar a cabo sus santos deberes, merecer la Gloria del Señor y escapar del temible fuego del infierno, es acorde que todos los hermanos profesos obedezcan estrictamente a su Maestre. Porque nada es más agradable a Cristo Jesús que la obediencia. Por esta razón, tan pronto algo sea ordenado por el Maestre o en quien haya delegado su autoridad, deberá ser obedecido sin dilación como si Cristo lo hubiese impuesto. Por ello Cristo Jesús por boca de David dijo y es cierto: Ob auditu auris obedivit mihi. Que quiere decir: 'Me obedeció tan pronto me escuchó".

40. Por esta razón rezamos y firmemente dictaminamos a los hermanos caballeros que han abandonado su ambición personal y a todos aquellos que sirven por un período determinado a no salir por pueblos o ciudades sin el permiso del Maestre o de quien él haya delegado; excepto por la noche al Sepulcro y otros lugares de oración dentro de los muros de la ciudad de Jerusalén.

41. Allí, irán los hermanos por parejas, de otra forma no podrán salir ni de día ni de noche; y cuando se detienen en una posada, ningún hermano, escudero o sargento puede acudir a los aposentos de otro para verlo o hablar con él sin permiso, tal y como se ha dicho. Ordenamos por unánime consentimiento que en esta Orden regida por Dios, ningún hermano deberá luchar o descansar según su voluntad, sino siguiendo las órdenes del Maestre, a quien todos deben someterse, para que sigan las indicaciones de Cristo Jesús que dijo: Non veni facere voluntatem meam, sed ejus que misit me, patris. Que significa: 'Yo no vine a hacer mi propia voluntad, sino la voluntad de mi padre quien me envió.'

Cómo deben Poseer e Intercambiar.

42. Sin el permiso del Maestre o quien en su lugar ostente el cargo, que ningún hermano intercambie cosa alguna con otro, ni así lo pida, a menos que sea de escaso o nulo valor.

Sobre Cerrojos.

43. Sin permiso del Maestre o quien le represente, ningún hermano tendrá una bolsa o monedero que se pueda cerrar; pero los directores de casas o provincias y el Maestre no se atendrán a esto. Sin el consentimiento del Maestre o su comandante, que ningún hermano tenga cartas de sus parientes u otras personas; pero si tiene permiso, y así lo quiere el Maestre o comandante, estas cartas le pueden ser leídas.

Sobre Regalos de Seglares.

44. Si algo que no se puede conservar, como la carne, es regalado en agradecimiento, a un hermano por un seglar, lo presentará al Maestre o al Comandante de Avituallamiento. Pero si ocurre que uno de sus amigos o parientes desea regalárselo solo a él, que no lo acepte sin el permiso del Maestre o su delegado. Es más, si el hermano recibe cualquier otra cosa de sus parientes, que no lo acepte sin permiso del Maestre o de quien ostente el cargo. Especificamos, que los comandantes o mayordomos, que están a cargo de estos menesteres, que no se atengan a la citada regla.

Sobre Faltas.

45. Si algún hermano, hablando o en soldadesca, o de algún otro modo, comete un pecado venial, deberá voluntariamente decírselo al Maestre, para redimirse con el corazón limpio. Si no acostumbra a redimirse de este modo, que reciba una penitencia leve, pero si la falta es muy seria que se aleje de la compañía de sus hermanos de tal forma que no coma ni beba en la mesa con ellos, si no solo; y se someterá a la piedad y juicio del Maestre y hermanos, para que sea salvado el día del Juicio Final.

Sobre faltas Graves.

46. Por encima de todo, debemos asegurarnos que ningún hermano, poderoso o no, fuerte o débil, que desee promocionarse gradualmente devenga orgulloso, defienda su crimen y permanezca sin castigo. Pero si no quiere someterse por ello que reciba un castigo mayor. Y si misericordiosas oraciones del consejo se rezan por él a Dios, y él no quiere enmendarse, si no que se enorgullece más y más de ello, que sea erradicado del rebaño piadoso; según lo que el apóstol dice: Auferte malum ex vobis. Que quiere decir: 'Aparta los malvados de entre los tuyos.' Es necesario para vosotros separar las ovejas perversas de la compañía de los piadosos hermanos.

47. Es más, el Maestre, que debe llevar en su mano el báculo - y bastón de mando que sostiene las debilidades y fortalezas de los demás; deberá ocuparse de ello. Pero también, como mi señor St Maxime dijo: 'Que la misericordia no sea mayor que la falta; ni que el excesivo castigo encamine al pecador a regresar a sus malas acciones. '

Sobre las Murmuraciones

48. Disponemos por divino consejo, el evitar las plagas: de envidia, murmuración, despecho y calumnia. Por tanto, cada uno debe guardar celosamente los que el apóstol dijo: Ne sis criminator et susurro in populo. Que significa: 'No acuses o perjudiques al pueblo de Dios.' Pero cuando un hermano sepa con certeza que su compañero ha pecado, en privado y con fraternal misericordia que sea él mismo quien lo amoneste secretamente, y si no quiere escuchar, otro hermano deberá ser llamado, y si los rehusa a ambos, deberán decirlo públicamente ante el capítulo. Aquellos que deprecian a sus semejantes sufren de terrible ceguera y muchos están llenos de gran tristeza ya que no desarraigan la envidia que sienten hacia otros; y por ello serán arrojados hacia la inmemorial perversidad del demonio.

Que Nadie se Enorgullezca de sus Faltas.

49. Las palabras vanas se sabe son pecaminosas, y las dicen aquellos que se enorgullecen de su propio pecado ante el justo juez Cristo Jesús; lo que queda demostrado por las palabras de David: Obmutui et silui a bonis. Que significa que uno debería incluso refrenarse de hablar bien, y observar el silencio. Asimismo prevenid hablar mal, para evitar la desgracia del pecado. Ordenamos y firmemente prohibimos a un hermano que cuente a otro hermano o a cualquiera, las valientes acciones que llevó a cabo en su vida seglar y los placeres de la carne que mantuvo con mujeres inmorales. Deberán ser consideradas faltas cometidas durante su vida anterior y si sabe que ha sido expresado por algún otro hermano, deberá inmediatamente silenciarlo; y si no puede lograrlo, abandonará el lugar sin permitir que su corazón se mancille por estas palabras.

Que Nadie Pida.

50. A esta costumbre de entre otras, ordenamos que os adhiráis firmemente: que ningún hermano explícitamente pida el caballo o la armadura de otro. Se hará de la siguiente manera: si la enfermedad de un hermano o la fragilidad de sus animales o armadura es conocida y por lo tanto no puede hacer el trabajo de la casa sin peligro, que acuda al Maestre, y exponga la situación en solícita fe y verdadera fraternidad, y se atenga a la disposición del Maestre o de quien ostente su cargo.

Sobre animales y escuderos.

51. Cada hermano caballero puede tener tres caballos y ninguno más sin el permiso del Maestre, debido a la gran pobreza que existe en la actualidad en la casa de Dios y en el Templo de Salomón. A cada hermano le permitimos tres caballos y un escudero; y si éste último sirve voluntariamente por caridad; el hermano no debería pegarle por los pecados que cometa.

Que ningún Hermano pueda tener una brida ornamentada.

52. Nosotros prohibimos seriamente a cualquier hermano que luzca oro o plata en sus bridas, estribos, ni espuelas. Esto se aplica si las compra; pero si le son regalados en caridad, los arneses la plata y el oro que sean tan viejos que no reluzcan, que su belleza no pueda ser vista por otros ni ser signo de orgullo: entonces podrá quedárselos. Pero si le son regalados equipos nuevos que sea el Maestre quien disponga de ellos como crea oportuno.

Sobre fundas de Lanza.

53. Que ningún hermano tenga una funda ni para su lanza ni para su escudo, pues no es ninguna ventaja, al contrario podría ser muy perjudicial.

Sobre las bolsas de comida.

54. Este mandato que establecemos es conveniente para todos y por esta razón exigimos sea mantenido de ahora en adelante, y que ningún hermano pueda hacerse una bolsa para comida de lino o lana, o de cualquier otro material que no sea profinel.

Sobre la Caza.

55. Prohibimos colectivamente que ningún hermano cace un ave con otra. No es adecuado para un religioso sucumbir a los placeres, sino escuchar voluntariamente los mandamientos de Dios, estar frecuentemente orando y confesar diariamente implorando a Dios en sus oraciones el perdón de los pecados que haya cometido. Ningún hermano puede presumir de la compañía de un hombre que caza a un ave con otra. Al contrario, es apropiado para un religioso actuar simple y humildemente sin reír ni hablar en demasía, con razonamiento y sin levantar la voz. Y por esta razón, disponemos especialmente a todos los hermanos que no se adentren en el bosque con lanzas ni arcos para cazar animales, ni que lo hagan en compañía de cazadores, excepto promovidos por el amor a salvaguardarlos de los paganos infieles. Ni deberéis ir con perros, ni gritar ni conversar, ni espolear vuestro caballo solo por el deseo de capturar una bestia salvaje.

Sobre el León.

56. Es verdad que os habéis responsabilizado a entregar vuestras almas por vuestros hermanos, tal y como lo hizo Cristo Jesús, y defender la tierra de los incrédulos paganos, enemigos del hijo de la Virgen María. Esta mentada prohibición de caza no incluye en forma alguna al león, dado que viene sigiloso y envolvente a capturar su presa, con sus zarpas contra el hombre e id con vuestras manos contra él.

Cómo pueden tener propiedades y hombres.

57. Esta bondadosa nueva orden la creemos emana de las Sagradas Escrituras y de la divina providencia en la Sagrada Tierra del Este. Lo que significa que esta compañía armada de caballeros puede matar a los enemigos de la cruz sin pecar. Por esta razón juzgamos que debéis ser llamados Caballeros del Temple, con el doble mérito y la gallardía de la honestidad; que podáis poseer tierras y mantenerlas, villanos y campos y los gobernéis con justicia, e impongáis vuestro derecho tal y como está específicamente establecido.

Sobre los Diezmos.

58. Vosotros habéis abandonado las seductoras riquezas de este mundo y os habéis sometido voluntariamente a la pobreza; y por ello hemos resuelto que los que viváis en comunidad podáis recibir diezmos. Si el obispo de la localidad, a quien el diezmo se debería entregar por derecho, desea darlo en caridad; con el consentimiento del capítulo, puede donar esos diezmos que posee su Iglesia. Es más, si un plebeyo guarda los diezmos de su patrimonio para sí, y en contra de la Iglesia, y desea cederlos a vosotros lo puede hacer con el permiso del prelado y su capítulo.

Sobre hacer Juicios.

59. Sabemos, ya que lo hemos visto, que los perseguidores y amantes de peleas y dedicados cruelmente a atormentar a los fieles de la Sagrada Iglesia y a sus amigos, son incontables. Por el claro juicio del consejo, ordenamos que si alguien en los lugares del Este o en cualquier otro sitio os solicita parecer, por creyentes y amantes de la verdad debéis juzgar el hecho, si la otra parte accede. Este mismo mandato se aplicará siempre que algo os sea robado.

Sobre los Hermanos Ancianos.

60. Disponemos por consejo compasivo que los hermanos ancianos y débiles sean honrados con diligencia y reciban la atención de acuerdo con su fragilidad; y cuidados por la autoridad de la Regla en aquellos menesteres necesarios para su bienestar físico, y que en forma alguna se sientan afligidos.

Sobre los Hermanos Enfermos.

61. Que los hermanos enfermos reciban la consideración y los cuidados y sean servidos según las enseñanzas del evangelista y de Cristo Jesús: Infirmus fui et visitastis me. Que significa: ' Estuve enfermo y me visitaste'; y que esto no sea olvidado. Porque aquellos hermanos que están dolientes deberán ser tratados con dulzura y cuidado, porque por tal servicio, llevado a cabo sin titubear, ganareis el reino de los cielos.

Por lo tanto, pedimos al Enfermero que sabía y fervientemente provea lo necesario a los diversos hermanos enfermos, como carne, viandas, aves y otros manjares que los retornen a la salud, según los medios y posibilidades de la casa.

Sobre los Hermanos Fallecidos.

62. Cuando un hermano pase de la vida a la muerte, algo de lo que nadie está excluido, digáis misa por su alma con misericordioso corazón, y que el divino oficio sea ejecutado por los curas que sirven al rey. Vosotros que servís a la caridad por un tiempo determinado y todos los hermanos que estén presentes frente al cadáver rezareis cien paternosters durante los siete siguientes días. Y todos los hermanos que están bajo la orden de la casa del hermano fallecido rezaran los cien paternosters, como se ha dicho anteriormente; después de conocerse la muerte y por la misericordia de Dios. También rogamos y ordenamos por autoridad pastoral que un mendigo sea alimentado con carne y vino durante cuarenta días en memoria del hermano finado, tal y como lo hiciera si estuviera vivo. Nosotros explícitamente prohibimos todos los anteriores ofrecimientos que solían hacer por voluntad y sin discreción los Pobres Caballeros del Templo ante la muerte de hermanos, en la celebración de Pascua u otras fiestas.

63. Es más, debéis profesar vuestra fe con pureza de corazón de día y de noche para que puedan compararos, en este aspecto, con el más sabio de los profetas, que dijo: Calicem salutaris accipiam. Que quiere decir: 'Yo beberé de la copa de salvación.' Lo cual significa: 'Vengaré la muerte de Cristo con mi muerte. Porque de la misma manera en que Cristo Jesús dio su cuerpo por mí, de la misma forma estoy preparado para dar mi alma por mis hermanos.' Esta es una ofrenda apropiada; un sacrificio viviente y del agrado de Dios.

Sobre los Sacerdotes y clérigos que sirven a la Caridad.

64. La totalidad del concilio en consejo os ordena rendir ofrendas y toda clase de limosnas sin importar el modo en que puedan ser dadas, a los capellanes y clérigos y a los que restan en la caridad por un tiempo determinado. Siguiendo los mandatos de Dios nuestro Señor, los sirvientes de la iglesia pueden solo recibir ropa y comida, y no pueden presumir de poseer nada a menos que el Maestre desee dárselo por caridad.

Sobre los Caballeros seglares.

65. Aquellos que por piedad sirven y permanecen con vosotros por un tiempo determinado son caballeros de la casa de Dios y del Templo de Salmón. Por lo tanto con piedad rezamos y así disponemos finalmente que si durante su estancia, el poder de Dios se lleva a alguno de ellos, por amor a Dios y propio de la fraternal misericordia, un mendigo sea alimentado durante siete días para la salvación de su alma, y cada hermano en esa casa deberá rezar treinta paternosters.

Sobre los Caballeros Seglares que Sirven por tiempo determinado.

66. Ordenamos que todos los caballeros seglares que deseen con pureza de corazón servir a Cristo Jesús y la casa del Templo de Salomón por un periodo determinado que adquieran, cumpliendo con la norma, un caballo y armas adecuados y todo lo necesario para la tarea. Es más, que ambas partes den un precio al caballo y que este precio quede por escrito para no ser olvidado; y dejad que todo lo que el caballero, su escudero y su caballo necesiten, provenga de la caridad fraternal según los medios de la casa. Si durante ese tiempo determinado, ocurre que el caballo muere en el servicio de la casa, si la casa lo puede costear, el Maestre lo repondrá. Si al final de su estadía, el caballero desea regresar a su país, deberá dejar en la casa por caridad, la mitad del precio del caballo, y la otra mitad puede, si lo desea, recibirla de las limosnas de la casa.

Sobre la Promesa de los Sargentos.

67. Dado que los escuderos y sargentos que deseen caritativamente servir en la casa del Temple, por la salvación de su alma y por un periodo determinado, vienen de regiones muy diversas, es prudente que sus promesas sean recibidas, para que el enemigo envidioso no los haga arrepentirse y renunciar a sus buenas intenciones.

Sobre las Capas Blancas.

68. Por unánime consenso de la totalidad del capítulo, prohibimos y ordenamos la expulsión, por vicioso, a cualquiera que sin discreción haya estado en la casa de Dios y de los Caballeros del Temple. También, que los sargentos y escuderos no tengan hábitos blancos, dado que esta costumbre ha traído gran deshonra a la casa; pues en las regiones más allá de las montañas falsos hermanos, hombres casados y otros que fingían ser hermanos del Temple las usaron para jurar sobre ellas; sobre asuntos mundanos. Trajeron tanta vergüenza y perjuicio a la Orden de Caballería que hasta sus escuderos se rieron; y por esta razón surgieron muchos escándalos. Por tanto, que se les entreguen hábitos negros; pero si éstos no se pueden encontrar, se les deberá dar lo que se encuentre en esa provincia; o lo que sea más económico, que es burell.

Sobre hermanos Casados.

69. Si hombres casados piden ser admitidos en la fraternidad, favorecerse y ser devotos de la casa, permitimos que los recibáis bajo las siguientes condiciones: al morir deberán dejar una parte de sus propiedades y todo lo que hayan obtenido desde el día de su ingreso. Durante su estancia, deberán llevar una vida honesta y comprometerse a actuar en favor de sus hermanos, pero no deberán llevar hábitos blancos ni mandiles. Es más, si el señor fallece antes que su esposa, los hermanos se quedarán solo con una parte de su hacienda, dejando para la dama el resto, a efecto de que pueda vivir sola de ella durante el resto de su existencia; puesto que no es correcto ante nosotros, que ella viva como cofrade en una casa junto a hermanos que han prometido castidad a Dios.

Sobre Hermanas.

70. La compañía de las mujeres es asunto peligroso, porque por su culpa el provecto diablo ha desencaminado a muchos del recto camino hacia el Paraíso. Por tanto, que las mujeres no sean admitidas como hermanas en la casa del Temple. Es por eso, queridos hermanos, que no consideramos apropiado seguir esta costumbre, para que la flor de la castidad permanezca siempre impoluta entre vosotros.

Que no tengan intimidad con mujeres.

71. Creemos imprudente para un religioso mirar mucho la cara de una mujer. Por esta razón ninguno debe atreverse a besar a una mujer, sea viuda, niña, madre, hermana, tía u otro parentesco; y recomendamos que la caballería de Cristo Jesús evite a toda costa los abrazos de mujeres, por los cuales muchos hombres han perecido, para que se mantengan eternamente ante Dios con la conciencia pura y la vida inviolable.

No ser Padrinos.

72. Prohibimos que los hermanos, de ahora en adelante, lleven niños a la pila bautismal. Ninguno deberá avergonzarse de rehusar ser padrino o madrina; ya que esta vergüenza trae consigo más gloria que pecado.

Sobre los Mandatos.

73. Todos los mandatos que se han mencionado y escrito aquí, en esta Regla actual están sujetos a la discreción y juicio del Maestre.

Estos son los Días Festivos y de Ayuno que todos los Hermanos deben Celebrar y Observar.

74. Que sepan todos los presentes y futuros hermanos del temple que deben ayunar en las vigilias de los doce apóstoles. Que son: San Pedro, San Pablo, San Andrés, San Jaime, y San Felipe; Santo Tomás, San Bartolomé, San Simón y San Judas Tadeo, San Mateo. La vigilia de San Juan Bautista; la vigilia de la Ascensión y los dos días anteriores; los días de rogativas; la vigilia de Pentecostés; las cuatro Témporas; la vigilia de San Lorenzo, la vigilia de Nuestra Señora de la Ascensión; la vigilia de Todos los Santos; la vigilia de la Epifanía. Y deberán ayunar en todos los días citados según la disposición del Papa Inocencio en el Concilio de la ciudad de Pisa. Y si alguno de los días de ayuno cae en lunes, deberán ayunar el sábado anterior. Si la Natividad de Nuestro Señor cae en viernes, los hermanos comerán carne en honor de la fiesta. Pero deberán ayunar en el día de San Marcos debido a las Letanías: porque así ha sido establecido por Roma para los hombres mortales. Sin embargo, si cae durante la octava de Pascua, no deberán ayunar.

Estos son los Días de Ayuno que deberán ser observados en la Casa del Temple.

75. La natividad de Nuestro Señor; la fiesta de San Esteban; San Juan Evangelista; los Santos Inocentes; el octavo día después de Navidad que es el día de Año Nuevo; la Epifanía; Santa María Candelaria; San Matías Apóstol; la Anunciación de Nuestra Señora en Marzo; Pascua y los tres días siguientes al día de San Jorge; los Santos Felipe y Jaime, dos apóstoles; el encuentro de la Vera Cruz; la Ascensión del Señor; Pentecostés y los dos días siguientes; San Juan Bautista; San Pedro y San Pablo, dos apóstoles; Santa María Magdalena; San Jaime Apóstol; San Lorenzo; la Ascensión de Nuestra Señora; la natividad de Nuestra Señora; la Exaltación de la Cruz; San Mateo Apóstol, San Miguel; Los Santos Simón y Judas; la fiesta de Todos los Santos; San Martín en invierno; Santa Caterina en invierno; San Andrés, San Nicolás en invierno; Santo Tomás Apóstol.

76. Ninguna de las fiestas menores se debe observar en la casa del Temple. Y deseamos y aconsejamos que se cumpla estrictamente: todos los hermanos del Temple deberán ayunar desde el Domingo anterior a San Martín hasta la Natividad de Nuestro Señor, a menos que la enfermedad lo impida. Si ocurre que la fiesta de San Martín cae en Domingo, los hermanos no tomarán carne el Domingo anterior.







rr